Subvenciones para el cálculo y reducción de la huella de carbono

Entitatea Eremua Area Hasiera Amaiera
DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA MEDIO AMBIENTE GIPUZKOA 07/02/2023 06/03/2023

Burutzeko epealdia

01/01/2023 - 31/10/2023


Porcentaje

70% - 80%


Xedea

La regulación del otorgamiento, mediante concurrencia competitiva, de subvenciones a las fundaciones no forales y sociedades mercantiles radicadas en Gipuzkoa, para el cálculo y reducción de la huella de carbono
organizacional, de producto, servicio o evento.


Gertaerak

a) Cálculo de la huella de carbono organizacional con alcance 1+2 y la elaboración de un plan de reducción de la misma. El alcance señalado anteriormente, responderá a los alcances 1 y 2 recogidos en el GHG PROTOCOL o a la categoría 1 y 2 de la norma ISO 14064-1:2018 (emisiones directas e indirectas, respectivamente).

Para el cálculo de la huella de carbono deberá utilizarse una de las siguientes calculadoras:
1.- Calculadora de Huella de Carbono de Organización del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
2.- Calculadora de Huella de Carbono de Organización de IHOBE.

b) Cálculo de la huella de carbono organizacional con alcance 3 (incluidos los alcances 1+2) y la elaboración de un plan de reducción de la misma.

Para el cálculo de la huella de carbono organizacional, deberá utilizarse alguna de las siguientes metodologías:
- UNE-EN ISO 14064-1:2019. Gases de efecto invernadero. Parte 1: Especificación con orientación, a nivel de las organizaciones, para la cuantificación y el informe de las emisiones y remociones de gases de efecto invernadero (ISO 14064-1:2018).
- GHG PROTOCOL. Corporate Standard: A Corporate Accounting and Reporting Standard, y Corporate Value Chain (Scope 3) Accounting and Reporting Standard

El cálculo de la huella de carbono organizacional podrá realizarse para un único año, preferentemente 2022, o para hasta 4 años (2019-2022).
Las huellas de carbono organizacionales de los apartados a) y b) deberán ser inscritas en el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (creado por el Real Decreto 163/2014 de 14 de marzo) y disponer del correspondiente certificado que lo acredite. Será imprescindible presentar en el momento de la justificación final el certificado que lo acredite.

c) Cálculo de huella de carbono asociada a un producto, servicio o evento y la elaboración de un plan de reducción del mismo.

Para el cálculo de la huella de carbono de producto o servicio, deberá utilizarse alguna de las siguientes metodologías:
- GHG Protocol: Product Life Cycle Accounting and Reporting Standard
- UNE-EN ISO 14067:2019 Gases de efecto invernadero. Huella de carbono de productos. Requisitos y directrices para la cuantificación. (ISO 14067:2018)

Para el cálculo de la huella de carbono de un evento deberá utilizarse los estándares señalados en los apartados a) y b) para el cálculo de la huella de carbono organizacional.

El cálculo de huella de carbono (organizacional, producto, servicio o evento) deberá ir acompañado de la definición de un plan de reducción de la misma.

GASTOS SUBVENCIONABLES
Aquellos trabajos y servicios contratados externamente (consultoría, asesoramiento y certificación) que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada:

- Gastos derivados de trabajos para el cálculo de la huella de carbono y para su registro.
- Gastos derivados de trabajos para la definición de los planes de reducción de emisiones de gases efecto invernadero.
- Gastos derivados de auditorías de verificación por tercera parte, realizadas por entidades acreditadas como Verificadores de Gases de Efecto Invernadero por ENAC.


Onuradunak

Fundaciones no forales y sociedades mercantiles radicadas en Gipuzkoa.


Laguntza

a) Solicitudes para el cálculo de huella de carbono organizacional con alcance 1+2 para un único año y huella de carbono asociada a un evento: 70% de los gastos subvencionables, con un máximo de 5.000 euros por solicitud.
B) Solicitudes para el cálculo de huella de carbono organizacional con alcance 1+2 para más de un año: 80% de los gastos subvencionables, con un máximo de 8.000 euros por solicitud.
C) Solicitudes para el cálculo de huella de carbono organizacional con alcance 3 y huella de carbono asociada a un producto o servicio: 70% de los gastos subvencionables, con un máximo de 23.000 euros por solicitud.