Indartu 2023

Entitatea Eremua Area Hasiera Amaiera
GOBIERNO VASCO INVERSIONES CAPV 03/05/2023 30/06/2023

Burutzeko epealdia

Desde solicitud hasta el 31 de diciembre de 2024


Porcentaje

10% - 15%


Xedea

Subvenciones a fondo perdido para la realización de inversiones productivas que conlleven mejora competitiva y desarrollo económico, destinadas a la creación y/o ampliación de capacidad productiva, en la Zona Margen Izquierda Ampliada y en otros municipios con una tasa de desempleo superior al 5% de la media anual de la CAPV.


Gertaerak

Se considera inversión subvencionable la adquisición de activos fijos que se incorporen al activo de la empresa y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que se trate de alguna de las siguientes categorías, según la definición que, al efecto, establece el Plan General de Contabilidad, recogido en el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, en los epígrafes siguientes:

203 Propiedad Industrial y Patentes.
206 Aplicaciones informáticas.
210 Terrenos y Bienes naturales.
211 Construcciones.
212 Instalaciones técnicas.
213 Maquinaria.
214 Utillaje.
215 Otras instalaciones.
217 Equipos para procesos de información.

La inversión en «Terrenos y Bienes naturales» y «Construcciones» se considerará por una cuantía máxima igual al resto de los activos subvencionables.

b) Las grandes empresas, deberán realizar una inversión admitida mínima de 1.500.000,00 de euros, las PYMEs, deberán realizar una inversión admitida mínima de 200.000,00 euros. También se considerarán las inversiones de las empresas que, aunque no alcancen los mínimos de inversión admitida indicada con anterioridad, generen un mínimo de 25 empleos netos, en el caso de grandes empresas, y un mínimo de 5 empleos netos, en el caso de PYMEs.

c) Las entidades solicitantes deberán fundamentar su viabilidad técnica, económica y financiera de las inversiones, a través del plan económico financiero de la empresa que se presentará en el momento de la solicitud.

d) Que tengan establecido un período mínimo de amortización de cinco años, para grandes empresas, debiendo permanecer, al menos, cinco años en el activo de la misma. En el caso de Pymes, estos períodos se reducen a tres años.

e) Que la inversión financiada mediante arrendamiento financiero incluya, explícitamente, al efecto de considerarla inversión susceptible de apoyo, la opción de compra al término del contrato del mismo, así como el compromiso de ejecutar la misma firmado por las dos partes.


Onuradunak

Grandes empresas y PYMES que cumplan con la característica de ser industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos a la industria, así como las que ofrecen servicios vinculados a infraestructuras digitales y las de servicios logísticos, excluido el transporte, cuyas inversiones se localicen en la Zona Margen Izquierda Ampliada de la CAPV.

Es Zona Margen Izquierda Ampliada de la Comunidad Autónoma del País Vasco la siguiente: Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, Alonsotegi, Artzentales, Balmaseda, Erandio, Galdames, Güeñes, Karrantza Harana/Valle de Carranza, Muskiz, Ortuella, Portugalete, Santurtzi, Sestao, Sopuerta, Trucios-Turtzioz, Valle de Trápaga-Trapagaran, Zierbena.

En los municipios con una tasa de desempleo superior al 5 % de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco, solo se subvencionarán las inversiones que hagan las Pequeñas y medianas Empresas (PYMEs). Estos municipios son los siguientes:

- Álava: Amurrio, Artziniega, Asparrena, Labastida, Lanciego, Lapuebla de Labarca, Llodio, Oyón-Oion, Salvatierra, Valdegovía, Vitoria-Gasteiz y Zambrana.
- Bizkaia: Arakaldo, Barakaldo, Basauri, Bermeo, Bilbao, Elantxobe, Ermua, Ibarrangelu, Iurreta, Lanestosa, Ondarroa, Orduña, Sukarrieta, Ubide, Zalla y Zaratamo.
- Gipuzkoa: Aizarnazabal, Eibar, Irun, Mutriku, Pasaia y Soraluze-Placencia de las Armas.

A las Grandes Empresas solo se concederán subvenciones a las inversiones iniciales (inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el establecimiento, o una transformación fundamental en el proceso global de producción de un establecimiento existente) que atraigan nuevas actividades o para la diversificación de establecimientos existentes en nuevos productos o nuevos proceso innovadores.


Laguntza

3.000.000 euros.