Smart Industry
Entitatea | Eremua | Area | Hasiera | Amaiera |
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SPRI | INNOVACIÓN | CAPV | 09/04/2024 | 23/11/2024 |
Burutzeko epealdia
16 meses desde solicitud
Porcentaje
Hasta un 40%
Xedea
Apoyar proyectos que incorporen tecnologías asociadas al concepto de Smart Industry como pueden ser, entre otras: la inteligencia artificial, la ciberseguridad, la computación cuántica, el 5G o el cloud computing, y que se encuentren en fase de desarrollo experimental implementados por «proveedores tecnológicos» («Agentes de I+D» tales como, por ejemplo: los agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, ingenierías/consultorías u operadores de telecomunicaciones) hacia empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial (admitiéndose otras actividades económicas para tecnologías 5G), que tengan un efecto de demostración y que permitan, por lo tanto, acelerar la transferencia al mercado de los resultados de los proyectos de I+D en Tecnologías de Electrónica, informática y comunicaciones (TEICs).
Gertaerak
Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables los proyectos de desarrollo experimental que aborden la incorporación de las tecnologías asociadas al concepto de Smart Industry como inteligencia artificial, ciberseguridad, computación cuántica, 5G o Cloud computing, entre otras, y que se encuentren en fase de desarrollo experimental implementados por Proveedores Tecnológicos hacia empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial (u otras actividades económicas en el caso de actuaciones relacionadas con tecnologías 5G), que tengan un Efecto de Demostración y que permitan por lo tanto acelerar la transferencia al mercado de los resultados de los proyectos de I+D en TEICs.
Los Proyectos Tecnológicos deberán estar relacionados con alguna de las siguientes áreas, aplicados a la fabricación avanzada:
1.Ciberseguridad.
2.Cloud Computing.
3.Inteligencia Artificial.
4.Computación Cuántica.
5.Robótica colaborativa.
6.Realidad aumentada/Virtual/Mixta.
7.Sensórica, IoT, Comunicaciones Industriales.
8.Diseño y fabricación aditiva en materiales metálicos y avanzados (cerámicas, composites, etc.)
9.Proyectos de materiales y procesos avanzados.
10. Proyectos de implantación de tecnologías 5G. Las aplicaciones de 5G podrán estar relacionadas con alguno de estos ámbitos:
- Uso de redes 5G en sensórica, comunicaciones inalámbricas y procesamiento de datos de plantas industriales.
- Uso de red 5G en proyectos relacionados con las tecnologías de Industria 4.0 (Ciberseguridad, Visión Artificial, Robótica Colaborativa, etc).
- Uso de redes 5G en proyectos de movilidad, vehículo autónomo-conectado, redes de transporte inteligente, logística-optimización cadena de suministro, etc.
- Uso de redes 5G en proyectos relacionados con la transición energético-medioambiental (monitorización de redes, reducción de consumo, eficiencia energética, gestión medioambiental, etc).
- Uso de red 5G en proyectos relacionados con la transición socio-sanitaria (ambulancia conectada, intervenciones quirúrgicas remotas, etc).
Para que un proyecto sea objeto de subvención deberá presentar un presupuesto total mínimo de 50.000 euros.
1.Tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos:
- Gastos de dedicación horaria del Proveedor Tecnológico (agente de I+D, ingenierías/consultorías u operadores de telecomunicaciones) y que cumplan los dos siguientes requisitos:
- Llevarse a cabo por entidades que realicen actividades de I+D en TEICs aplicados a la fabricación avanzada, considerados dentro del ámbito de Desarrollo Experimental en los términos definidos por el Reglamento (UE) n.º 651/2014.
- Ser realizados por entidades que no tengan vinculación, vía acciones o participaciones, directa ni indirectamente con la empresa o empresas solicitantes.
- Gastos de dedicación horaria del «implantador», incluido el acompañamiento y asesoramiento en la planta industrial o centro de actividad económica para el caso de actuaciones relacionadas
con tecnología 5G, debiendo cumplir los dos siguientes requisitos:
- Estos proveedores deberán ser empresas de consultoría y/o ingeniería u operadores de telecomunicaciones, independientes de la empresa beneficiaria, esto es, que no tengan relación accionarial directa ni indirectamente con la empresa beneficiaria.
- En el supuesto en el que existiera relación accionarial, estos gastos podrán ser considerados, a efectos del cálculo de la subvención, como «Gastos de personal interno de la empresa beneficiaria».
Onuradunak
Podrán acceder a las ayudas contempladas en el presente Programa las empresas que así lo soliciten, y que presenten proyectos para la ejecución de las actuaciones subvencionables
descritas en el punto anterior. Todo ello siempre que:
- Dispongan de un centro de actividad (industrial o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, o bien cualquier actividad económica para el caso de actuaciones relacionadas con la tecnología 5G) en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Figuren de alta el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco.
Laguntza
150.000 por proyecto y 300.000 por proyecto en el caso de proyectos relacionados con el ámbito de 5G.
La subvención anual por empresa y año será de 200.000 euros y 100.000 euros adicionales en el caso de proyectos relacionados con el ámbito de 5G.