Programa Descarbonización Industrial
Entitatea | Eremua | Area | Hasiera | Amaiera |
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GOBIERNO VASCO | MEDIO AMBIENTE | CAPV | 11/04/2024 | 20/06/2024 |
Burutzeko epealdia
Desde solicitud hasta el 31/12/2025
Porcentaje
20% - 32,5%
Xedea
Subvenciones a las empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, que conlleven mejora del nivel de protección medio ambiental, a través de la descarbonización, en sus procesos productivos industriales y, por tanto, la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
Gertaerak
Se considera inversión subvencionable la adquisición de activos fijos que se incorporen al activo de la empresa y que se trate de alguna de las siguientes categorías:
212 Instalaciones técnicas
213 Maquinaria
215 Otras instalaciones
217 Equipos para procesos de información
Las inversiones deben estar destinadas directamente a la reducción o supresión de gases de efecto invernadero mediante la descarbonización de los procesos productivos.
En las inversiones en equipos, maquinaria e instalaciones de procesos industriales que utilicen combustibles fósiles (incluido gas natural), solo se concederá subvención a la instalación de componentes adicionales que mejoren el nivel de protección medioambiental de los equipos, maquinaria o instalaciones productivas existentes, siempre que la nueva inversión no genere un aumento de la capacidad productiva ni un mayor consumo de combustible fósil.
Se considera también inversión subvencionable:
- Inversiones no vinculadas directamente al proceso productivo (sistemas de climatización, calefacción de la planta industrial, etc.).
- Nuevas inversiones en instalaciones o líneas de procesos.
- Inversiones que se requieran por la reducción de recursos naturales que conlleven una reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, mediante la utilización de materias primas secundarias, la utilización de subproductos de residuos, la valorización de residuos en sustitución de combustibles y materias primas fósiles o la sustitución de gases fluorados de elevado potencial de efecto invernadero por otros gases con potencial reducido o nulo de efecto invernadero.
Las inversiones deben conllevar un incremento de la protección medioambiental más allá de las normas de la Unión Europea adoptadas, y en vigor, o deben servir para cumplir normas adoptadas pero que todavía no estén en vigor (siempre que la inversión objeto de ayuda esté finalizada al menos 18 meses antes de la entrada en vigor de la norma europea), o lograr cualquier incremento de la protección medioambiental en ausencia de normas de la Unión Europea.
También serán objeto de subvención la siguiente tipología de inversiones: sistemas de recuperación de calores residuales, inversiones que permitan sustituir o reducir el consumo de combustibles fósiles tales como utilización de hidrógeno de origen renovable o combustibles procedentes de biomasa, electrificación de procesos térmicos (bomba de calor y otros), sistemas digitales de control y ahorro de consumo energético, etc.
Las empresas deberán realizar una inversión admitida mínima de 100.000 euros.
Onuradunak
Grandes empresas y PYMEs que cumplan con la característica de ser industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, cuyas inversiones objeto de la ayuda se localicen en la CAE.
Laguntza
1.500.000 euros