Cei obtiene la Acreditación de la HOMOLOGACIÓN para los cursos de PRL METAL

Grupo Cei Prevención homologación metal
09 Octubre 2017 Prevención de Riesgos Laborales

Cei Servicio de Prevención ha completado el proceso de verificación de la Homologación y por tanto, se encuentra acreditada ante la FMF para impartir los contenidos solicitados en materia de Prevención de Riesgos Laborales para el año 2017 en los cursos específicos del sector metal establecidos en el capítulo XVII y Anexo II del II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal con ámbito territorial ESTATAL y nº de expediente M1109170030.


Cei Servicio de Prevención está entre los primeros servicios de prevención del estado en ser homologados para impartir la formación establecida en el nuevo convenio del metal ya que, tras el análisis del expediente de solicitud de homologación, la Fundación del Metal para la Formación (FMF) ha realizado la aprobación para para impartir los cursos de prevención de riesgos laborales establecidos en el capítulo XVII y Anexo II del II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal.

Cabe recordar que la formación a la que se hace referencia es a la establecida en el citado en el II Convenio Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal (BOE 19 de junio de 2019) en el que se establece la formación mínima en prevención de riesgos laborales de los/las trabajadores/as del sector metal.

Las principales novedades de este convenio en el tema de la formación en prevención de riesgos laborales son:

Se establece la obligatoriedad de la formación en prevención de riesgos laborales para todos los/las trabajadores/as. Esto incluye a los/as empleados que no trabajan en obras de construcción (hasta la fecha se incluían solo los que trabajan en obras de construcción).

Tarjeta Profesional del Sector Metal.

Por lo tanto, la principal novedad se centra en la ordenación de la formación en prevención de riesgos laborales de los trabajadores del sector metal que NO trabajan en obras de construcción a través de la nueva Tarjeta Profesional del Sector Metal.

Recordemos que hasta el momento la formación en esta materia (en el convenio) se centraba en los/as trabajadores/as de este sector que trabajaban en obras de construcción a través de la Tarjeta Profesional de la Construcción para el Sector Metal.

La Fundación del Metal para la Formación FMF es la entidad encargada de la gestión de la formación en prevención de riesgos laborales establecida es este convenio.

Formación mínima.

En relación a la formación mínima obligatoria se clasifica en los siguientes apartados:

a) Formación de directivos: comprenderá contenidos relativos al papel de la dirección en la integración de la prevención en la empresa, la organización y planificación preventiva y la prevención como factor de competitividad de la empresa.

b) Formación de trabajadores que desempeñan sus tareas en oficinas: deberá transmitir los riesgos y la adopción de medidas preventivas propias de este lugar de trabajo para evitarlos.

c) Formación de trabajadores de oficios del área de producción y/o mantenimiento.

d) Formación de trabajadores con funciones preventivas de nivel básico.

e) Formación de reciclaje formativo consistente en 4 horas de formación que serán impartidas periódicamente cada 3 años.

Hemos redactado un informe sobre la formación mínima: Descargar Informe

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